Tras el revuelo por la foto en la Quinta de Olivos, que se tomó en el cumpleaños de la Primera Dama cuando regía la cuarentena estricta, el diputado radical Gustavo Menna presentó un proyecto de ley para que se otorgue una amnistía a quienes tengan causas penales en cualquier instancia relacionadas con haber incumplido normas de aislamiento o distanciamiento durante la pandemia del coronavirus.
La iniciativa contiene varias excepciones, ya que impide el perdón a funcionarios públicos, organizadores de fiestas clandestinas y a quienes quebraron distanciamientos en medio de un contagio. Además de aquellos que incumplieron reglas tras contacto estrecho e incluso por un viaje del exterior o de otra zona del país.
“Busca la igualdad ante la ley frente a la transgresión del presidente Alberto Fernández, tras conocerse por fotos su participación en un cumpleaños en Olivos cuando estaban vigentes las medidas de prevención que el propio mandatario había decretado”, dijo el diputado por Chubut Gustavo Menna, impulsor del texto.
En tanto, la iniciativa es acompañada por el jefe del interbloque de Juntos por el Cambio, Mario Negri, el presidente de la UCR, Alfredo Cornejo, y los legisladores Ricardo Buryaile, Juan Martín, Roxana Reyes, Gabriela Lena, Jorge Lacoste, Claudia Najul, Atilio Benedetti, Alejandro Cacace, Federico Zamarbide, Carla Carrizo, Mario Arce, Lorena Matzen, Lidia Ascárate, Luis Pastori, Gonzalo del Cerro, Dolores Martínez, Karina Banfi, Ximena García y Brenda Austin.
“Tras el dictado de las medidas de prevención hubo en todo el país controles férreos que afectaron las libertades personales previstas en la Constitución. La persecución penal no discriminó entre los hechos que implicaban situaciones confusas de circulación por la vía pública a pie o en auto, de otras más graves como reuniones o fiestas clandestinas o el no cumplimiento de cuarentenas dispuestas para quienes estaban infectados, contactos estrechos o personas que arribaban de un viaje”, consideró Menna.
Cuáles son las penas por violar la cuarentena
Desde marzo del 2020, cuando el Gobierno nacional instauró la cuarentena obligatoria, se abrieron decenas de miles de procesos judiciales por violaciones de los artículos 205 y 248 del Código Penal.
El 205 establece una prisión de seis meses a dos años para quien violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia.
El 248, en tanto, reprime con hasta dos años al funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase.
La propuesta “permitirá restablecer un sentido de justicia e igualdad ante la ley y evitará incurrir en la incongruencia de sancionar penalmente a los particulares por reglas que las autoridades incumplen, a sabiendas de lo que están haciendo”, agregó Menna.