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PASO 2021: cuáles son las penas por no ir a votar

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Las multas siguen vigentes para aquellas personas que no emitan su voto este domingo 12 de septiembre. Además, en caso de no abonarse el importe quedarán registrados como infractores, una situación que implica no poder hacer trámites ni obtener el pasaporte durante un año.
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Este domingo 12 de septiembre se realizarán las Elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) en un contexto muy distinto al de anteriores años. Ante la pandemia de coronavirus se han revisado las medidas de seguridad para que cada ciudadano pueda ir a emitir su voto con seguridad y sin temor a los posibles contagios.

En ese sentido, las sanciones sobre quienes no cumplan con dicho deber cívico siguen vigentes, aunque existen justificaciones relacionadas a la circulación del Covid-19. Por lo tanto, las personas que no justifiquen su ausencia deberán abonar una multa de 50 pesos, importe que asciende a 100 pesos en el caso de las elecciones generales de noviembre.

En caso de no pagarse dicho monto, que puede abonarse a través de medios electrónicos o de forma personal en el Banco Nación, quedarán registrados como infractores, una situación que implica no poder hacer trámites ni obtener el pasaporte durante un año. Además, también serán inhabilitados para desempeñarse como funcionarios públicos durante tres años.

Cuáles son las excepciones para ir a votar

Conscientes del contexto sanitario en el que se encuentra el territorio argentino para la jornada electoral de este próximo domingo, se confeccionó una lista de excepciones para aquellos que no puedan ir a votar.

Aquellas personas que tengan Covid-19, quienes sean caso sospechoso o contacto estrecho de un caso positivo y grupos de riesgo que por indicación médica no tengan que ir a votar. La justificación la podrán hacer con un certificado sobre su situación.

En la misma línea, en caso de presentar algún síntoma compatible con el coronavirus al momento de votar, estarán exceptuados. Las autoridades le informarán que así lo establece la normativa, pero si quieren votar, no se le puede impedir.

En ese sentido, si no se concurrió a votar porque se encontraba enfermo, deberá presentar un certificado médico ante la Secretaría Electoral para justificar la ausencia. Tiene 60 días a partir de la elección para presentarse en la dependencia correspondiente a su domicilio.

Por otro lado, como ya se ha aplicado en instancias anteriores, si el votante se encuentra a más de 500 kilómetros del lugar donde debía sufragar por “motivos razonables”, tendrá que presentarse en la comisaría más cercana y pedir un certificado que acredite la distancia.

Puntos más importantes a tener en cuenta a la hora de ir a votar

Sobre el cierre de sobres, se indicó que no es conveniente cerrarlos con saliva. En ese sentido, se recomendó introducir la solapa del sobre en su interior para que contenga las boletas hasta el momento del escrutinio, sin necesidad de pegar el sobre.

Además, se sugirió a los electores que, al introducir el sobre en la urna, eviten tocar la urna con las manos.

Por último, se solicitó que cada votante lleve su propia birome para firmar el padrón. De todos modos, en caso de no hacerlo le será provista una, debidamente sanitizada.

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