En una sesión que se prolongó durante casi 17 horas en la Cámara de Diputados, el oficialismo logró la aprobación de su propia versión de la reforma a la Ley de Alquileres. La votación final se produjo pasadas las 5 de la madrugada, y marcó un punto de inflexión en la regulación de los alquileres.
Sobre esa línea, la nueva ley se convirtió en un hecho que terminó por aceptar la iniciativa venida en revisión del Senado, donde el Frente de Todos impulsó modificaciones clave, como que los contratos entre propietarios e inquilinos se mantengan por tres años y tengan una actualización semestral en lugar de anual como establecía la actual norma.
Punto a punto los principales cambios de la Ley de Alquileres
Tras la sanción en Diputados, los contratos se mantienen en tres años, los cuales deberán ser estipulados “en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.
Sobre esa línea, el Senado había modificado el mecanismo de actualización del precio de los alquileres y estableció que “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA”.
A su vez, el texto incorporó un incentivo fiscal en el último párrafo sobre el artículo 9, en el que determinó que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”.
Por otro lado, además de que el precio de los contratos debe establecerse en moneda nacional, esa modalidad regirá también para la publicidad del precio de las locaciones de inmuebles, que ya no podrá expresarse en otra moneda que no sea en pesos.
En cuanto a los beneficios impositivos, los propietarios no pagarán bienes personales sobre los inmuebles que se pongan en alquiler. Tampoco pagarán el impuesto al cheque en las cuentas bancarias destinadas a cobrar esos contratos que se encuentren “debidamente registrados” ante la AFIP.
Además, las “partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación”.
Cuándo entrará en vigencia la nueva Ley de Alquileres
Cabe mencionar que para que la reforma aprobada entre en vigencia formalmente, es necesario publicarla en el Boletín Oficial, un proceso que podría tomar alrededor de 40 días. Hasta que esto ocurra, los contratos seguirán siendo de tres años y se ajustarán anualmente a través del Índice de Contratos de Locación (ICL).
Una vez que los cambios votados en Diputados se implementen, comenzará a regir el nuevo esquema de alquileres aprobado en la Cámara Baja del Congreso nacional.
En cuanto a las dudas en los inquilinos y propietarios de los alcances de la nueva normativa en relación con los contratos que fueron firmados y todavía están vigentes. Más allá de que todavía falta la promulgación de la nueva ley para que ésta rija, el Código Civil y Comercial es claro sobre qué hacer en el caso de los acuerdos firmados bajo la anterior Ley de Alquileres.
El artículo 7 de ese cuerpo legal establece que "las nuevas leyes supletorias no son aplicables a los contratos en curso de ejecución". Por lo tanto, se debe respetar el formato y los aumentos que fueron firmados en su momento.
Es decir que, quienes firmaron su contrato bajo la Ley 27.551, sancionada en 2020, deberán atenerse a lo que ella establecía. Una vez que ese acuerdo finalice, sí podrán negociar bajo los nuevos términos que la Cámara de Diputados convirtió este miércoles en ley.