El 3 de julio de 2018 Nahir Galarza fue condenada a perpetua por el crimen de Fernando Pastorizzo, ocurrido el 29 de diciembre de 2017. Seis años después, el último 2 de julio, la Corte Suprema confirmó la pena, rechazando así el recurso extraordinario impuesto por su defensa en lo que se consideraba la última chance de dar un giro en el caso. Pero así y todo, la joven sigue manteniendo sus batallas judiciales: una de ellas contra el reconocido psicólogo Gabriel Cartañá, a quien busca -sin rodeos- quitarle la matrícula profesional.
La causa comenzó hace tres años, cuando desde el lado de la detenida iniciaron acciones legales contra el psicólogo por "violación del secreto profesional" y por "falsificar la firma" de su ex paciente en una carta de supuesto consentimiento para revelar su diagnóstico en los medios donde se presentaba como "el psicólogo de Nahir", cuando el caso estaba en su máximo apogeo mediático.
De acuerdo al testimonio de Galarza en la demanda iniciada desde 2022 en el Juzgado Civil y Comercial N°4 de Paraná, a cargo de la jueza Elena Beatriz Albornoz, “Cartañá se ofreció en 2018 de forma insistente a efectuar las pericias en su celda de la Comisaría de la Minoridad y las Mujer en la ciudad de Gualeguaychú, y practicarle una docena test con la intención de que fueran sumados al expediente”.
Según el libro El silencio de Nahir, crónica de un linchamiento mediático de Jorge Zonzini, la frase que lanzó Galarza fue: "Menos mal que no me abrí con él, para mi solo era un viejo baboso que decía las mismas boludeces que en Bendita TV”.
Horacio Dargainz, en ese momento al mando de la defensa de la joven, dijo que el psicólogo "envió una pericia básica e incompleta en cuanto a los supuestos test, que fue rechazada de plano por su inconsistencia de rigor profesional y por ende jamás se utilizó en el juicio oral".
“La decisión fue demandar en forma penal y civil para que ninguna otra mujer adolescente deba pasar por una vejación tal a su intimidad, ser vulnerada en espacios televisivos para beneficio económico del imputado, sin ningún tipo de escrúpulos e incumpliendo con el debido secreto profesional”, completó.
De acuerdo a lo que afirmó José Ostolaza, abogado de Galarza, a Revista GENTE, la denuncia no fue efectuada ni es seguida por su estudio. Al respecto, igualmente contestó: “Cuando tomo el caso de Nahir esos hechos ya se habían producido. Es más, nosotros llevamos adelante una pericia psicológica que llegó a conclusiones diferentes. Por eso desconozco esto que planteó el licenciado Cartañá”.
Tras tres años de no recibirse las notificaciones judiciales que llegaban a Conde 50, la dirección oficial de El Nueve, tanto como a los teatros donde antiguamente brindaba conferencias como a distintos consultorios, finalmente, los letrados de Nahir pudieron notificar a Cartañá en un domicilio de la localidad bonaerense de Ramos Mejía, por lo que ahora está oficialmente demandado.
Qué dice Gabriel Cartañá para defenderse
En su defensa, en diálogo con Revista GENTE, Gabriel Cartañá afirma que él no tuvo a la condenada como paciente, sino como peritada en el marco de dos encuentros que mantuvieron para realizar los tests en donde analizó el perfil de la detenida. “En el foro penal, las pericias son públicas porque el rol del perito es informar y si no informa, no puede hacer el trabajo para el cual fue contratado. Por lo tanto no hay secreto profesional”, comenzó a relatar ante nuestro requerimiento.
“En la contratación escrito y firmado por Nahir, no solamente me pide que le realice un psicodiagnóstico, sino que además salga a informar lo que la pericia dictamine,según mi propio criterio, para modificar la mala imagen que estaba teniendo ante la opinión pública. Es una autorización y es un pedido que ella me hace por escrito, que me firma. Surgieron versiones de que esa autorización tiene una firma falsificada, y absolutamente nadie ha visto esa autorización todavía porque yo todavía no la he presentado a la justicia, debido a que la causa no entró en lo que se llama periodo de prueba”, agrega.
“En su momento, hace cosa de dos años, una de las tantos abogados que tuvo Nair, una abogada mediática que quería exposición pública, decidió demandarme allá en Gualeguaychú por infringir el secreto profesional. Cuando vos demandás a alguien, el criterio del lugar donde lo demandás es a partir de donde ocurre el hecho por el cual demandás o por donde vive el imputado al cual demandas. Los abogados de Nahir radican la demanda en Gualeguaychú, alegando que mis expresiones públicas fueron realizadas en programas de televisión de Buenos Aires, ¡y yo vivo en Buenos Aires! Entonces ellos, si querían demandarme, debieron hacerlo en un tribunal de Buenos Aires. El juez entendió eso, el fiscal entendió eso, nos dieron la razón, y derivaron la causa a Buenos Aires como corresponde”, completa.
En el ínterin, transcurrió un año y Nair despidió a dicha abogada. Por lo tanto, la causa llegó a Buenos Aires, pero desde entonces nadie movió el expediente. “Si lo mueven, no tengo ningún problema: presentaré la prueba de la causa en curso, y listo, se resolverá. El juez decidirá si lo que yo hice fue por pedido expreso de Nair, entendiendo que yo no tenía ningún secreto profesional que guardar”, redondea Cartañá.
Gabriel Cartañá afirma que buscaron inducir su trabajo
Si la causa avanza con un fallo a favor de la denunciante, el Código Penal informa que este tipo de delitos puede ser penado con un mes a seis años de prisión. En esta situación, cuenta con el agravante de la violación del secreto profesional demandado por Galarza.
Pero, mientras tanto, en la entrevista con GENTE, Gabriel Cartañá recuerda: “Los otros peritos que actuaron también en la causa también hicieron expresiones públicas y dieron sus dictámenes sobre lo que había, y a ellos no lo demandan. ¿Por qué me demandan a mí y a ellos no? Por una sencilla razón. Los otros peritos eran mujeres, y alegaron en su pericia que Nahir había sido víctima de violencia de género, cosa que yo jamás puse en el informe, y los abogados me reclamaron”.
“Cuando yo presento el informe pericial, lo leen, están de acuerdo en todo, me dicen está todo bien, pero falta algo. Les pregunto, ‘¿qué falta?’, y me responden: ‘Que vos pongas que Nahir era víctima de violencia de género, porque esa es nuestra estrategia judicial para pedir un atenuante de la pena’. Yo le digo que no voy a poner eso porque no hay ningún indicativo en todos los estudios que yo le hice de que ella haya sido víctima de violencia de género. Por eso ellos no usan mi informe en el juicio”, sospecha el psicólogo.
Y cierra de forma contundente: “Nahir no fue víctima de violencia de género de Fernando Pastorizzo. Por eso ellos me demandan a mí y no demandan a la otra psicóloga, siendo que la otra psicóloga también hizo expresiones públicas, tanto o más que yo. Ese es el origen de esta causa”.
Cómo sigue la situación penal de Nahir Galarza
Tras la confirmación de la pena, desde la defensa de la detenida insisten en intentar conseguir hacer caer la perpetua. El caso llegó esta semana a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con el objeto de demostrar si la Justicia de Entre Ríos incumplió con los convenios internacionales en materia de Violencia de Género y Protección de la Mujer (Belem Do Pará, 1994) cuando en sólo seis meses se la condenó a prisión perpetua.
El tratado es ley en Argentina y sanciona los crímenes más graves jamás concebidos por la humanidad. Entre ellos se encuentran los genocidios. La clave es que la pena máxima aplicable para este tipo de crímenes es de 30 años de prisión y, excepcionalmente, cuando lo justifiquen la extrema gravedad del crimen y las circunstancias personales del condenado, la pena de reclusión perpetua. Hay una salvedad en este último caso: la Corte Suprema se encuentra habilitada para revisar esa "perpetuidad" cuando se hayan cumplido 25 años de prisión, pudiendo dictaminar la reducción y brindarle al detenido la libertad.
“Yo creo que el análisis de la prueba se hizo de manera parcial y no pusieron en este caso a Nahir Galarza en pie de igualdad. La Justicia de Entre Ríos la discriminó. Por otro lado, no se aplicó una perspectiva de género a la investigación ni a la sentencia”, suma Ostaloza a Revista GENTE.
“Ellos dan por probadas las lesiones y los golpes, pero el tribunal entiende que los amigos tienen que comprobar con su testimonio que esos golpes eran de Fernando. La violencia se da un ambiente donde no hay testigos. Existe una carta de septiembre en donde él le pide perdón por la violencia ejercida sobe ella y en octubre hay un mensaje de texto en donde ella saca la foto de la carta y le solicita que adecúe su conducta, en base a esa promesa que le había hecho. Por lo tanto, los hechos venían en ascenso”, concluye Ostaloza.