El juicio por el crimen de Lucio Dupuy, el nene de 5 años abusado sexualmente y asesinado a golpes en noviembre en Santa Rosa, La Pampa, ya tiene fecha definida. Según trascendió, las audiencias comenzarán el 10 de noviembre.
Bajo ese marco, se verá en el banquillo de los acusados a la madre de la víctima, Magdalena Espósito Valenti, y a la pareja de esta, Abigail Páez.
El debate se llevará a cabo en la Ciudad Judicial de la capital pampeana, y está previsto que finalice el 22 de diciembre.
Asimismo, tal y como le informaron fuentes judiciales a Télam, el juicio estará a cargo del tribunal integrado por los jueces Aníbal Olié, Alejandra Ongaro y Daniel Sáez Zamora. Mientras que los fiscales que impulsarán la acusación del Ministerio Público serán Walter Martos, Verónica Ferrero y Marcos Sacco.
60 testigos y audiencias a puertas cerradas
Por otra parte, de acuerdo a los voceros, está previsto que declaren unos 60 testigos. Las audiencias serán a puertas cerradas ya que la víctima era menor de edad y se debate un delito contra la integridad sexual.
En tanto, aún no está definido si las acusadas, Magdalena Espósito Valenti -madre de Lucio- y su pareja, Abigail Páez estarán presentes en el juicio. Al día de hoy continúan alojadas en una unidad penal de la provincia de San Luis.
Luego de seis meses de investigación, la causa fue elevada a juicio en junio último la cual estuvo a cargo de un equipo de instructores judiciales.
Cuáles son los delitos por los que serán juzgadas las acusadas
Por requerimiento de los fiscales, la madre de Lucio Dupuy será juzgada por “homicidio triplemente calificado por el vínculo (por ser ascendiente) y con ensañamiento y alevosía; en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante por su duración y formas concretas de realización, triplemente agravado por ser la guardadora al momento de los hechos, por ser cometido por dos personas y por existir convivencia con la víctima menor de 18 años, como delito continuado”.
Mientras que, la pareja de la madre del nene de 5 años llegará imputada del delito de “homicidio doblemente agravado, por ser con ensañamiento y alevosía; en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante por su duración y formas concretas de realización, triplemente agravado por ser la guardadora al momento de los hechos, por ser cometido por dos personas y por existir convivencia con la víctima menor de 18 años, como delito continuado”.