Día de la Mujer: estos son los avances más importantes en materia de género en Argentina – GENTE Online
 

Día de la Mujer: estos son los avances más importantes en materia de género en Argentina

Marcha del Día de la Mujer
A partir de la primera movilización de Ni Una Menos, llevada adelante el 3 de junio de 2015, los derechos alcanzados por las mujeres en materia económica, social y política se han agrandado. Desde la interrupción voluntaria del embarazo, la creación del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, y la Ley Micaela, los hitos de estos últimos 8 años.
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Este 8 de marzo se conmemora en Argentina y en distintas partes del mundo el Día Internacional de la Mujer, en el que se busca poner en agenda sus necesidades, derechos e igualdad de condiciones en sociedad. Además de la lucha histórica a lo largo de los siglos por encontrar paridad de género, en los últimos 8 años, el país ha sido sede de uno de los movimientos más resonantes de la década y que pelea por los derechos de las mujeres: el Ni una Menos.

Ni Una Menos tuvo su origen el 3 de junio del año 2015, a raíz del caso de femicidio de Chiara Páez de 14 años, quien estaba embarazada y había decidido decirle a su pareja, Manuel Mansilla, de 16 años, que quería quedarse con el bebé. Mansilla mató a Chiara y a su bebé, y los enterró bajo la casa de sus abuelos. El cuerpo fue encontrado al día siguiente y Mansilla confesó haberla asesinado.

Tras este hecho aberrante familiares de víctimas de femicidios y de mujeres desaparecidas decidieron congregarse en el Congreso de la Nación Argentina para exigir al Estado que se involucre en una problemática social que aún hoy sigue afectando a nuestro país. En aquel primer encuentro histórico asistieron alrededor de 300.000 personas que gritaron #NiUnaMenos y sin saberlo su grito se extendió al resto de Latinoamérica, Europa y Asia, donde se levantaron pueblos enteros en contra de violencias físicas, económicas y sociales contra las mujeres.

Durante los últimos ocho años las mujeres continuaron su lucha imparable que terminó por generar una revolución con avances, muchos de los cuales se convirtieron en temas de controversia.

Se crea el primer Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género

Justamente a finales del mes de noviembre del año 2015, el Senado y la Cámara de Diputados de la Nación entendió que era necesario que las víctimas de violencia de género pudieran ampararse y ser defendidas de forma gratuita y por personas idóneas en la temática. Es por eso que se creó el Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género, que tiene la misión, desde entonces, de garantizar:

  • Patrocinio jurídico gratuito y asesoramiento legal integral en todo el territorio nacional a personas víctimas de violencia de género en todos sus tipos y modalidades para garantizar su acceso a la justicia de manera oportuna y efectiva;
  • Coordinar y cooperar con otros organismos del Poder Ejecutivo, el Poder Judicial y el Ministerio Público de la Defensa y Fiscal, nacionales, provinciales o locales, para dar respuestas eficientes en sede administrativa y judicial;
  • Celebrar convenios y coordinar acciones con colegios profesionales, instituciones académicas y organizaciones de la sociedad civil para dar asistencia jurídica especializada y gratuita;
  • Realizar actividades de formación, capacitación técnica, actualización normativa y sensibilización a operadores del sistema de administración de justicia y otros actores relacionados con el abordaje integral de la violencia de género;
  • Difundir los servicios de patrocinio jurídico y asesoramiento legal integral en las diferentes jurisdicciones, organismos, entes y dependencias de la Administración Pública Nacional;
  • Hacer recomendaciones y propuestas legislativas en materia de violencia de género;
  • Fomentar la producción y difusión de informes e investigaciones sobre las causas, la naturaleza, la gravedad y las consecuencias de la violencia de género, sobre la eficacia de las medidas aplicadas para impedirla y reparar sus efectos y sobre la eficiencia de los organismos que deben prevenirla, sancionarla y erradicarla;
  • Promover la unificación de criterios para registrar información sobre hechos y casos de violencia de género, elaborar estadísticas y difundirlas.

Educar en Igualdad

La educación es otra de las herramientas centrales para preservar la integridad de las mujeres del futuro. Es por eso que a partir de la sanción de la Ley N° 27.234 en el año 2016, se implementaron las Jornadas Educar en Igualdad en todas las escuelas del país.

Esta Ley establece la obligatoriedad de realizar al menos una jornada anual en todas las instituciones educativas de Nivel Primario, Secundario y Terciario, sean de gestión estatal o privada, con el objetivo de que estudiantes y docentes desarrollen y afiancen actitudes, saberes, valores y prácticas que contribuyan a prevenir y erradicar la violencia de género. 

Paridad de género en ámbitos de representación política

Otro de los avances más importantes para reducir las brechas de desigualdad surgió a través de la Ley 27.412 de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política, del 2017. Esta norma modificó el Código Electoral Nacional, instituyendo como requisito para la oficialización de las listas de candidatos que se presenten para la elección de senadores, diputados y parlamentarios del Mercosur, que las mismas se conformen ubicando de manera intercalada a mujeres y varones desde el primer candidato titular hasta el último candidato suplente.

Ley Micaela

En el año 2017, Micaela García (21) fue violada y asesinada a la salida de una discoteca en la localidad entrerriana de Gualeguay. El asesino, Sebastián Wagner, había sido condenado previamente a nueve años de prisión por la violación de otras dos mujeres, pero la justicia determinó días antes de la muerte de Micaela, que el mismo gozara de libertad condicional sin tener en cuenta los informes criminalísticos que se oponían.

Micaela participaba por aquel entonces del movimiento Ni Una Menos y del Movimiento Evita, por lo que su caso rápidamente obtuvo una gran movilización social que puso en la mesa la necesidad de establecer una normativa que capacite de manera obligatoria sobre temáticas de violencia de género a todas las personas que se desempeñen en cargos de la función pública. Ya sea en el poder Ejecutivo, Legislativo o Judicial de la Nación.

La ley 27.499, más conocida como Ley Micaela, terminó siendo sancionada el 19 de diciembre de 2018, en Diputados con 171 votos a favor y uno en contra.

Creación del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad

En diciembre de 2019 Argentina se unió a países como Chile, Perú, Venezuela, Paraguay, Costa Rica y República Dominicana, al crear un Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación (MMGyD) para garantizar los derechos de "las mujeres y diversidades, frente a toda forma de discriminación y violencia, y en pos de la construcción de una sociedad más igualitaria que promueva la autonomía integral de todas las personas, sin establecer jerarquías entre las diversas orientaciones sexuales, identidades o expresiones de género, siendo estos objetivos prioritarios de gobierno".

Quien fue elegida por el presidente Alberto Fernández para ocupar el primer cargo en este espacio fue Elizabeth Gómez Alcorta, quien concluyó su mandato el 6 de octubre de 2022, dando paso a Ayelén Mazzina, quien aún hoy continúa en funciones.

Ayelén Mazzina actual ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación.

Ley contra el acoso callejero

Culturalmente durante años las mujeres debieron silenciarse ante el acoso callejero expresado desde comentarios indeseados, silbidos y hasta manoseos a los ojos del mundo. Es por eso que en el año 2019 también se incluyó a estos accionares como una forma de acoso sexual en el espacio público que es penada con reclusión o prisión desde hasta 6 años.

La ley nº 27.501 de Protección integral, más conocida como Ley de Acoso Callejero, busca prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en el espacio público. Determina, además, articular en el marco del Consejo Federal de Educación la inclusión en los contenidos mínimos curriculares de la perspectiva de género, entre otros, el respeto y la libertad en las relaciones interpersonales, la igualdad entre los sexos y la deslegitimación de modelos violentos de resolución de conflictos y de la violencia contra las mujeres en el espacio público.

Interrupción voluntaria del embarazo

La interrupción voluntaria del embarazo fue un derecho que comenzó a ser buscado hacia finales del siglo XIX, cuando al sancionarse el primer Código Penal del país se penalizaba cualquier tipo de aborto de forma terminante. Sin embargo, en el año 1903 se realizó una reforma en la que se estableció la primera salvedad: los casos de tentativa de interrupción del embarazo no son punibles.

Exactamente 18 años más tarde decidió realizarse una segunda reforma en la que se sumó que una mujer podría someterse a una interrupción del embarazo de haber sufrido una violación. Entrados los años 60, en el régimen de la revolución Libertadora Argentina, entró en vigencia el Decreto Ley Nº 17.567, el cual establece la no penalización si el peligro para la vida o la salud de la mujer es grave; o en cualquier caso de violación, siempre que éste estuviera judicializado, y con el consentimiento de un representante legal si la mujer fuera menor, idiota o demente. En 1973 en un contexto de democracia, estas modificaciones fueron dejadas sin efecto a través de la sanción de la Ley Nº 20.509.

Pero con la llegada nuevamente de las dictaduras, la ley planteó un nuevo retroceso a la ley de 1968. El gobierno democrático de Raúl Alfonsin sancionó en 1984 la Ley Nº 23.077, que retrotrae el marco legal al Código Penal de 1921. En 2012, la Corte Suprema se pronuncia con el fallo “F.A.L” sobre el aborto por violación y resuelve que las mujeres violadas, sean “normales o insanas” (de acuerdo al fallo), pueden interrumpir un embarazo sin autorización judicial previa ni temor a sufrir una posterior sanción penal, eximiendo de castigo al médico que practique la intervención. Según el fallo, sólo es necesario una declaración jurada que deje constancia del delito del que fue víctima la persona que quiera interrumpir el embarazo.

A partir del año 2015 y con el primer Ni Una Menos, se gesta un replanteo en el Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (Protocolo ILE) desarrollado por el Ministerio de Salud de la Nación, en el que se toman  los lineamientos del fallo “F.A.L” y agrega consideraciones en cuanto al concepto de salud, incorporando los aspecto físicos, psíquicos y sociales y aclara que el peligro de la salud puede ser potencial.

Durante los años siguientes los pañuelos verdes invadieron las instituciones y por primera vez, en el 2018, se trató el proyecto de interrupción voluntaria del embarazo que obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados, pero fue rechazado profundamente por el Senado. La búsqueda de nuevos derechos no tuvo tregua y, en noviembre de 2020, se volvieron a abrir las convocatorias para que decenas de personas expusieran las razones por las que era importante sancionar dicha ley.

Finalmente el 11 de diciembre de 2020 se aprobó la media sanción de la ley con 131 votos a favor, 117 en contra y 6 abstenciones. Esta norma establece desde entonces el derecho al aborto en todos los casos del territorio nacional, hasta la semana catorce inclusive, manteniendo la vigencia del derecho al aborto en casos de violación y riesgo para la vida o salud de la madre, sin límite de tiempo.

El Senado de la Nación aprobó la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en 2020.

Consejo Federal para la prevención y el abordaje de femicidios, travesticidios y transfemicidios

En el año 2021 se creó el Consejo federal para la prevención y el abordaje de femicidios, travesticidios y transfemicidios. Su objetivo es establecer un ámbito de trabajo que garantice un abordaje integral y articulado de los distintos organismos del Estado Nacional, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de prevención, investigación, sanción, asistencia y reparación de los femicidios, travesticidios y transfemicidios y de otras violencias extremas.

Con una intervención del Gobierno en políticas de género por primera vez en dos siglos de historia pudo conocerse a ciencia cierta cuantas víctimas letales hubieron por violencia de género en un año. En el 2021 se contabilizaron, según datos estadísticos del sistema de justicia argentino, 251 muertes por esta problemática social, de las cuales 231 fueron víctimas directas. Desglosando aún más los números se determinó que 226 fueron mujeres cis y 5 mujeres trans/ travestis.

Autonomía económica: modificación de la Ley de contrato de trabajo

La participación de la mujer en la sociedad solo es posible con leyes que le permitan manter una autonomía economía. Es por eso que una de las leyes más importantes modificadas durante el 2022 fue la Ley de Contrato de Trabajo. En la que se estableció a través del artículo 179, que en todos los lugares de trabajo donde presten tareas 100 personas o más, independientemente de las modalidades de contratación, "se deberán ofrecer espacios de cuidado para niños y niñas de entre 45 días y 3 años de edad, que estén a cargo de los trabajadores y las trabajadoras durante la respectiva jornada de trabajo".

En Argentina solo el 62% de las mujeres en edad de trabajar participan del mercado laboral, en comparación al 81% de los varones (INDEC, 2018). La diferencia en la tasa de actividad entre los géneros es aún más amplia al observar la situación de algunos grupos en particular. En los sectores de mayor nivel socioeconómico, por ejemplo, las mujeres participan casi a la par que los varones; sin embargo, en los sectores de menores ingresos la brecha asciende a 28 puntos porcentuales.

Tasa de actividad, por sexo y decil de ingresos per cápita familiar de la población de 16 a 59 años. Aglomerados urbanos. 2018. Fuente CIPPEC.

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