A fines de diciembre, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) había autorizado un ajuste del 17,6% en dos tramos, a aplicarse en febrero (9,8%) y abril (7,8%), pero ahora, a través de la Resolución 2494/2022 publicada este martes en el Boletín Oficial, dio de baja ese incremento y fijó un tope de hasta 4% mensual en cuatro tramos.
El Enacom aclaró que a partir del 1° de marzo las prestadoras aludidas podrán aplicar un nuevo incremento de hasta 3,50% sobre los mismos precios, mientras que desde el 1° de abril correrá un aumento similar.
Los incrementos incluyen los servicios de:
- Comunicaciones Móviles (SCM)
- Valor Agregado de Acceso a Internet (SVA-I)
- Telefonía Fija (STF)
- Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico o radioeléctrico (SRSVFR)
- Comunicación Audiovisual de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo satelital (DTH).
El ajuste se aplicará de la siguiente manera:
- Incremento en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en la modalidad pospaga y/o mixta de hasta un 4% en enero
- 4% en febrero
- 3,5% en marzo
- 3,5% en abril, con un acumulado del 15%
Sin suspensión de servicios
La normativa indicó que cualquier incremento aplicado por las Licenciatarias de Servicios de TIC o DTH (TV Satelital) que supere dichos topes deberá ser reintegrado a sus usuarios en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago.
En el caso de que el usuario elija no abonar su factura con incrementos superiores a los autorizados, las prestadoras no podrán suspender el servicio ni computar mora sobre esas facturas.
El Enacom justificó los aumentos al señalar que se tuvo en cuenta “la evolución de distintos índices que permiten demostrar la capacidad adquisitiva de un universo amplio de usuarios y usuarias que posee menores recursos con relación a otros”.
Previamente para octubre pasado y para este mes de diciembre, el ente regulador autorizó aumentos de hasta 19,8% y de hasta 9,8%, respectivamente, que se sumaron a otros dos incrementos de 9,5% que fueron aplicados en las facturas desde el 1° de mayo y el 1° de julio, respectivamente.
Para el inicio de este año, la aplicación de aumentos sólo se permitirá a los prestadores que hayan cumplido con la reglamentación sobre precios minoristas dispuesta anteriormente.
A su vez, los topes aplican mayormente para pymes, cooperativas y empresas menores, ya que algunas de las grandes firmas, como es el caso de Telecom, recurrieron a amparos y medidas cautelares para no cumplir con los mismos pudiendo así incrementar sus facturas por encima de estos límites.