Las mascotas serán consideradas un hijo más en caso de divorcio, esto indica la Proposición de Ley que modifica el régimen jurídico de los animales, aprobado por el Congreso español esta semana. De esta forma los animales dejarán de ser considerados “cosas” o “bienes inmuebles”, y pasarán a ser “seres vivos dotados de sensibilidad”.
La iniciativa aún deberá ser tratada por el Senado español sin embargo es un gran avance en materia de derechos para los animales, ya que implica la modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil.
La modificación de estas leyes permitirá por ejemplo que ante un divorcio se establezca un régimen de custodia basado en lo que se estime sea mejor para el animal. Esto puede incluir visitas compartidas, medidas cautelares como manutención de una de las partes, y en casos de procesos de embargo o desahucio no podrán ser retenidos ni separados de sus familiares.
Cualquiera de los padres de la mascota que haya maltratado al animal o incluso haya amenazado con realizarlo quedará completamente impedido de tener la custodia de su hijo. Esto también incluye cualquier maltrato hacía su pareja o hijos humanos.
De ahora en más el objetivo es que los derechos de posesión de los animales se ejerzan siempre atendiendo a su bienestar y protección. Se prohibirá el sacrificio de animales a excepción de razones sanitarias o por eutanasia. La ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, hizo hincapié en poner fin al "disfrute cruel" con el maltrato animal y la "permisibilidad de las instituciones a ejercerlo". Volviéndose completamente prohibidas las peleas de gallos, perros, el tiro al pichón, entre otras prácticas populares en España que durante mucho tiempo fueron llevadas adelante.
Los circos por su parte tendrán prohibido el uso de animales salvajes y las personas ya no po animales silvestres en domicilios.